Prestación por desempleo de ANSES 2026: cuánto cobrás, requisitos y cómo pedirla
La prestación por desempleo de ANSES paga el 75% de tu mejor sueldo neto de los últimos 6 meses, con un mínimo de $195.600 y un máximo de $391.200 (octubre de 2026), durante 2 a 12 meses.
Pero solo la cobrás si te quedaste sin trabajo por una causa que ANSES reconoce.
Acá te explico quién puede cobrarla, cuánto, por cuántos meses y cómo pedirla paso a paso. Ojo: si renunciás, no cobrás desempleo.
Y si firmás un acuerdo de desvinculación, solo vale si se formaliza bien. Más abajo te explico cada caso.

- Prestación por desempleo de ANSES 2026: quién la cobra
- Cuánto cobrás y por cuántos meses
- Cuánto tiempo tenés para pedirla y qué documentos juntar
- Cómo pedir el desempleo paso a paso
- Mientras cobrás el desempleo
- Si la empresa no te da los papeles o te rechazan el trámite
- ¿Cuánto se cobra de desempleo en ANSES en 2026?
- ¿Si renuncio puedo cobrar el desempleo?
- ¿Cuánto tiempo tengo para pedir el desempleo?
- ¿Cuántos meses se cobra el desempleo?
- ¿Puedo trabajar y seguir cobrando el desempleo?
Prestación por desempleo de ANSES 2026: quién la cobra
Para pedirla tenés que ser trabajador en relación de dependencia, estar en situación legal de desempleo y tener aportes al Fondo Nacional de Empleo: si eras trabajador permanente, al menos 6 meses de aportes en los 3 años anteriores al fin del trabajo.
Además, tenés que estar disponible para un empleo adecuado y no cobrar un beneficio previsional incompatible.
Lo que más define si cobrás es cómo terminó tu trabajo:
| Cómo terminó tu trabajo | ¿Cobrás? | Qué te piden |
|---|---|---|
| Despido sin causa | Sí | Telegrama o carta documento del despido |
| Despido indirecto (te consideraste despedido por incumplimientos de la empresa) | Sí | Los telegramas de intimación y de renuncia con justa causa |
| Mutuo acuerdo | Sí, desde el 6/3/2026, si se formaliza según el art. 241 de la Ley de Contrato de Trabajo | El acuerdo formalizado |
| Fin de un contrato a plazo | Sí | Copia del contrato vencido |
| Quiebra del empleador | Sí | Documentación del síndico, del juzgado o publicación oficial |
| Renuncia voluntaria | No | - |
| Despido con justa causa | No es una causa que ANSES reconozca en forma automática | Consultalo en ANSES antes de iniciar el trámite |
Los trabajadores rurales y los de la construcción tienen regímenes propios (los rurales tramitan en RENATRE, 0800-777-7366).
El personal de casas particulares también puede acceder. Los monotributistas, autónomos, pasantes y becarios tienen incompatibilidades.
Cuánto cobrás y por cuántos meses
El monto es el 75% de la mejor remuneración neta de los 6 meses previos al cese, pero con un piso y un tope. Imaginá que tu mejor sueldo neto fue de $800.000: el 75% sería $600.000, pero como el máximo es $391.200, cobrás $391.200.
Con sueldos medios y altos, lo más probable es que te toque el tope.
| Liquidación | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Septiembre (se cobra en octubre) | $191.900 | $383.800 |
| Octubre (se cobra en noviembre) | $195.600 | $391.200 |
La prestación se paga a mes vencido, por eso conviven dos valores. El monto se mueve entre el 50% y el 100% del Salario Mínimo, que desde el 1 de octubre de 2026 es de $391.200.
Cuántos meses cobrás depende de tus aportes de los últimos 3 años:
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): qué es, desde cuándo rige y qué cambia para vos| Meses de aportes | Cuotas que cobrás |
|---|---|
| 6 a 11 | 2 |
| 12 a 23 | 4 |
| 24 a 35 | 8 |
| 36 o más | 12 |
Si tenés 45 años o más al momento del cese, sumás 6 cuotas más. Un trabajador de 48 años con 36 meses de aportes cobraría 18 cuotas. Mientras cobrás, conservás la obra social y las asignaciones familiares que te correspondan, y los meses cuentan para la jubilación.

Cuánto tiempo tenés para pedirla y qué documentos juntar
Tenés 90 días hábiles desde el fin de la relación laboral. Si lo pedís más tarde, por cada día hábil de demora te descuentan un día de prestación. Si te pasás 10 días hábiles, perdés 10 días de cobro.
Los documentos que necesitás son:
- DNI, original y copia.
- El comprobante de cómo terminó tu trabajo, según la tabla de arriba: telegrama de despido, contrato vencido, acuerdo formalizado, documentación de la quiebra, etc.
Si hubo intercambio de telegramas con la empresa, puede pedirse un trámite previo antes de aceptar tu solicitud.
Cómo pedir el desempleo paso a paso
Paso 1: juntá los documentos
Reuní tu DNI y el comprobante del despido. Sin el comprobante de la causa, ANSES no puede aprobar el trámite.
Paso 2: ingresá a Mi ANSES
Necesitás tu CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Desde ahí podés verificar si cumplís los requisitos.
Paso 3: iniciá el trámite
Podés hacerlo por Atención Virtual de ANSES o en una oficina con turno previo. Presentá los documentos y esperá la confirmación.
Paso 4: fijate cuándo y dónde cobrás
La prestación se acredita en una Caja de Ahorro de la Seguridad Social o en la cuenta bancaria que tengas con ANSES. La fecha depende de la terminación de tu DNI: consultala en Mi ANSES, en la opción "Cobros".
Mientras cobrás el desempleo
Si conseguís trabajo, tenés 5 días hábiles desde que empezás para pedir la suspensión de la prestación. Podés reactivarla dentro de los 2 años; si trabajaste en blanco 12 meses o más, tramitás una nueva.
Y si tenés un proyecto propio, existe la opción de pedir el pago único de las cuotas pendientes para emprender, siempre que ya hayas cobrado el primer mes y te queden al menos 3 cuotas.
Si la empresa no te da los papeles o te rechazan el trámite
Sin el comprobante del despido, el trámite se traba. Si la empresa no te lo da o no te paga la liquidación, el camino es intimarla por telegrama y reclamar en el Ministerio de Trabajo. Está explicado paso a paso en la guía de qué hacer cuando te despiden.
Si ANSES rechaza tu solicitud, pedí por escrito el motivo y consultalo con un abogado laboralista: muchas veces el problema es un documento mal presentado o una causa mal encuadrada.
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